Consentimiento de Imagen y protección de intimidad

Ganga tattoo incluye dentro de su estrategia de comunicación un soporte audiovisual que registra los sucesos ocurridos dentro y alrededor del centro.

Dado que el derecho a la propia imagen está reconocido en el articulo 18. De la Constitución y regulado por la Ley 1/1982, de 5 de Mayo, sobre el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen y la Ley 3/2018,de 5 de Diciembre, sobre la Protección de datos de Carácter Personal.

La dirección de comunicación de este centro pide el consentimiento para poder publicar imágenes o vídeos dónde aparezca el cliente, individualmente o en grupo. Con carácter de identidad y comunicación estos recursos pueden ser publicados en nuestras plataformas sociales ofreciendo una experiencia de usuario acorde a nuestras exigencias.

En ningún momento se autoriza el uso de este material para dañar la imagen propia y ajena del cliente.
Estas imágenes serán publicadas en las plataformas sociales que rodean a la organización (Página web, página de Facebook, Instagram y market places de nuestra estrategia social media).